viernes, 15 de abril de 2011

ORDENANZAS DE MESONES.


Leo en las " Ordenanzas " de Granada-dictadas en 1522-, normas sobre mesones, las leo en voz alta y sospecho que vuelvo a tiempos no tan pretéritos.

" Tengan buenas camas para donde duerman comunmente en compañía vnos con otros, que sean limpios sobre sus bancos et çarços con sus xergones de paja y sobrellos vn colchon o almadraque de lana con sus dos sauanas et su manta o paño y sus almohadas o cabecera et la que no tuviere xergon de paja que tenga dos colchones o almadraques de lana (...) Por esa cama ha de llevar a vn escudero que truxere cauallo o mula queatro marauedis et como tuviere bestia tres marauedis y si truxere moços que lleue a dos marauedis por cada vno "

( Foto de Todd Webb )

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